Orden de 24 de octubre de 1979 sobre protección contra incendios en los establecimientos sanitarios: Un marco esencial para la seguridad hospitalaria.
En el contexto sanitario, la protección contra incendios es un aspecto vital para la seguridad tanto de pacientes como de trabajadores. La Orden de 24 de octubre de 1979 ha sido un pilar fundamental en la normativa española, ya que introdujo las primeras regulaciones técnicas que establecían directrices claras para la prevención, detección y acción frente a incendios en hospitales, clínicas, centros de salud y otras instalaciones sanitarias.
Este marco normativo, a pesar de ser un texto con varias décadas de antigüedad, sigue siendo clave para la interpretación y cumplimiento de los estándares de seguridad en los centros sanitarios. A lo largo de los años, ha sido complementado y adaptado a las necesidades actuales con otras normativas como el Reglamento de Instalaciones de Protección Contra Incendios (RIPCI) y el Código Técnico de la Edificación (CTE).
En esta guía abordamos en detalle los aspectos más importantes de la Orden de 1979, cómo sigue siendo relevante hoy y cómo se complementa con las normativas actuales.
Requisitos fundamentales establecidos por la Orden de 24 de octubre de 1979
La Orden de 24 de octubre de 1979 introdujo una serie de requisitos clave para la construcción y mantenimiento de edificios sanitarios con el objetivo de garantizar la seguridad contra incendios. Estos requisitos se dividen en áreas específicas de diseño, compartimentación, evacuación y protección pasiva y activa.
Sectorización y compartimentación para limitar la propagación del fuego
Una de las primeras grandes innovaciones fue la introducción de la compartimentación de los edificios en sectores de incendio, lo cual permite limitar la propagación de un incendio en caso de que ocurra en una de las zonas del hospital o centro sanitario.
Los requisitos para este tipo de compartimentación son:
- Muros y cerramientos con resistencia al fuego mínima.
- Puertas cortafuego con sistemas de cierre automático.
- Zonas de transición seguras entre áreas asistenciales y áreas de riesgo especial.
- Separación de salas de calderas, almacenes de gases medicinales y almacenes de material combustible.
Estas directrices siguen siendo un estándar para el diseño de hospitales, aunque hoy en día el Código Técnico de la Edificación (CTE) establece requisitos aún más detallados sobre la compartimentación de edificios.
Sistemas de evacuación y señalización: claves para una salida ordenada
Los centros sanitarios tienen características especiales que hacen que la evacuación durante una emergencia sea aún más compleja: pacientes con movilidad reducida, equipos médicos y personal que debe ser reubicado rápidamente.
La Orden de 1979 detalló una serie de requisitos esenciales para garantizar una evacuación efectiva:
- Itinerarios de evacuación protegidos, que incluían pasillos amplios para el paso de camillas y sillas de ruedas.
- Escaleras protegidas con ventilación natural o mecánica.
- La prohibición de obstáculos en las rutas de evacuación y la limitación del mobiliario.
- Dos salidas alternativas por planta, siempre que fuera posible.
La señalización de emergencia también fue un aspecto clave que la normativa introdujo, garantizando la instalación de señales fotoiluminadas y luminarias autónomas en puntos críticos, pasillos y escaleras.
Protección activa contra incendios: Extintores, BIE y sistemas de detección
Otro componente fundamental de la seguridad hospitalaria es la protección activa contra incendios, que incluye precio extintor 6 kg, bocas de incendio equipadas (BIE) y sistemas de detección y alarma.
Extintores portátiles obligatorios y su precio extintor 6 kg
Según la Orden de 1979, la presencia de extintores portátiles es obligatoria en todos los centros sanitarios. Los tipos de extintores establecidos son:
- Extintores de polvo ABC en áreas generales.
- Extintores de CO₂ para zonas con equipos eléctricos.
Los extintores precios varían según el tipo y las certificaciones, pero estos dispositivos son esenciales para la protección contra incendios en entornos hospitalarios, especialmente debido a su portabilidad y facilidad de uso. Los extintores deben estar ubicados a una distancia máxima de 15 metros entre ellos y deben ser fácilmente accesibles, bien señalizados y sometidos a un mantenimiento periódico.
Bocas de Incendio Equipadas (BIE)
La Orden de 1979 también incluyó la obligatoriedad de instalar Bocas de Incendio Equipadas (BIE) en áreas de alto riesgo, como las cocinas industriales, lavanderías y zonas técnicas. Las BIE son sistemas conectados a la red de agua que permiten a los empleados y personal de emergencia controlar el fuego en sus primeras fases, evitando que se propague por el edificio.
Sistemas fijos de detección y alarma
La Orden de 1979 también introdujo la obligatoriedad de instalar sistemas de detección y alarma en los edificios sanitarios, aunque en aquel entonces la tecnología era más básica que la actual. Se requerían:
- Detectores de humo y temperatura en zonas críticas.
- Sistemas manuales de alarma, como pulsadores.
- Señalización acústica y visual para alertar al personal.
Hoy en día, los sistemas de detección y alarma han evolucionado considerablemente, con tecnología analógica y direccionable, lo que permite una respuesta más precisa y rápida ante emergencias.
Protección pasiva: Materiales y control de humos
El control de la propagación del fuego no depende únicamente de sistemas activos de protección, sino también de las características estructurales del edificio.
Materiales ignífugos
La Orden de 1979 también exigió el uso de materiales ignífugos en los elementos constructivos del edificio, como:
- Estructuras metálicas ignifugadas.
- Revestimientos y falsos techos con baja propagación de llama.
- Puertas y carpinterías clasificadas por su comportamiento ante el fuego.
Control de humos y ventilación
El control de humos es esencial para evitar la intoxicación por inhalación de gases tóxicos. La Orden regulaba la ventilación en zonas críticas y la instalación de sistemas de extracción de humos en áreas técnicas y de riesgo.
Formación del personal: Clave para la seguridad
La tecnología por sí sola no es suficiente para garantizar la seguridad en situaciones de emergencia. La Orden de 1979 también incluía la formación continua del personal sanitario, con el objetivo de garantizar que todos los empleados fueran capaces de manejar adecuadamente los extintores, BIE y equipos de alarma.
Además, se establecieron simulacros periódicos y se designaron equipos de intervención para reaccionar de manera rápida y efectiva durante una emergencia.
Integración de la Orden de 1979 en el marco normativo actual
Aunque la Orden de 24 de octubre de 1979 sobre protección anti-incendios en los establecimientos sanitarios fue una referencia histórica, ha sido actualizada y complementada por normativas como el RIPCI 2017 y el Código Técnico de la Edificación (CTE), adaptándose a los avances tecnológicos y a la creciente complejidad de los centros sanitarios. Estos marcos normativos proporcionan una protección robusta que cubre tanto la prevención como la actuación frente a incendios, integrando las mejores prácticas de seguridad.
Una normativa vigente que garantiza la seguridad sanitaria
La Orden de 24 de octubre de 1979 sigue siendo un pilar fundamental en la protección contra incendios en hospitales y centros sanitarios. Aunque se han realizado numerosas actualizaciones a lo largo de los años, los principios establecidos en esta normativa continúan siendo los mismos: garantizar la seguridad de pacientes y trabajadores frente a cualquier emergencia. Cumplir con la normativa vigente no es solo una obligación legal, sino una necesidad ética que salva vidas.
