Actualización normativa en seguridad contra incendios en establecimientos industriales. Claves jurídicas y técnicas de la Resolución de 13 de enero de 2026.

Actualización normativa en seguridad contra incendios en establecimientos industriales. Claves jurídicas y técnicas de la Resolución de 13 de enero de 2026.

La Resolución de 13 de enero de 2026, dictada por la Dirección General de Industria, Energía y Minas, marca un hito relevante en la regulación de la seguridad contra incendios en los establecimientos industriales.

Publicada en el Diario Oficial de Extremadura número 15, con fecha 23 de enero de 2026, y con entrada en vigor el 24 de enero de 2026, esta disposición introduce modificaciones sustanciales en los modelos oficiales de documentación aplicables a los establecimientos, instalaciones y productos pertenecientes al Grupo II definido en el Decreto 49/2004, de 20 de abril. La resolución responde a la necesidad de adaptación normativa derivada del Real Decreto 164/2025, de 4 de marzo, por el que se aprueba el nuevo Reglamento de seguridad contra incendios en los establecimientos industriales, sustituyendo al marco anterior de 2004.

Desde una perspectiva técnica y jurídica, la resolución ajusta los procedimientos documentales exigibles para la puesta en servicio, modificación y certificación de instalaciones industriales, reforzando el control administrativo, la trazabilidad técnica y la coherencia con la normativa estatal vigente. Este cambio normativo incide directamente en la planificación, ejecución y validación de las medidas de seguridad contra incendios, con un impacto operativo inmediato en titulares, técnicos competentes y empresas instaladoras habilitadas.

Ignifugar nave industrial como exigencia técnica reforzada

La necesidad de ignifugar nave industrial adquiere una dimensión normativa reforzada tras la entrada en vigor de los nuevos modelos documentales. La modificación del anexo 11, correspondiente a la Ficha Técnica Descriptiva de Instalaciones de protección contra incendios, obliga a detallar con mayor precisión los tratamientos aplicados a elementos estructurales y constructivos. Estos tratamientos deben garantizar la reacción al fuego adecuada, la resistencia estructural exigible y la compatibilidad con el uso industrial declarado.

Desde el punto de vista de la ordenación industrial, la ignifugación deja de ser una mera actuación preventiva para convertirse en un requisito técnico verificable, sometido a comprobación administrativa. Los materiales empleados, los métodos de aplicación y los resultados esperados deben quedar perfectamente documentados, alineados con los parámetros del nuevo reglamento estatal. Esta exigencia incrementa la seguridad jurídica de las instalaciones y eleva los estándares de protección exigidos en naves industriales de nueva implantación o modificadas.

Certificado contra incendios y control administrativo

La actualización del anexo 18 introduce cambios sustanciales en el certificado contra incendios emitido por la empresa instaladora. Este documento pasa a tener un papel central en la puesta en servicio de las instalaciones de protección activa, acreditando que la ejecución se ha realizado conforme al proyecto aprobado, a la normativa vigente y a las condiciones técnicas exigibles. La resolución exige que dicho certificado sea emitido por un técnico titulado competente designado por la propia empresa, reforzando la responsabilidad profesional y la fiabilidad del sistema.

El certificado se integra como pieza clave del expediente electrónico, facilitando la supervisión por parte de la administración autonómica y asegurando la coherencia entre diseño, ejecución y mantenimiento. Esta medida reduce la discrecionalidad interpretativa, estandariza los criterios técnicos y mejora la eficacia del control público sobre instalaciones críticas para la seguridad industrial.

Protección pasiva contra incendios en el nuevo marco reglamentario

La incorporación del anexo 34, relativo al certificado de dirección de obra, consolida el papel de la protección pasiva contra incendios como eje estructural del nuevo modelo de seguridad industrial. Este certificado acredita que las instalaciones ejecutadas cumplen estrictamente con el proyecto aprobado y con la normativa aplicable, especialmente en lo relativo a elementos estructurales, compartimentación, sellados y tratamientos ignífugos.

La protección pasiva se configura así como una medida estructural permanente, no dependiente de la activación de sistemas mecánicos, que garantiza la estabilidad del edificio y la evacuación segura en caso de incendio. La resolución refuerza su relevancia al exigir una validación técnica específica, firmada por el director de obra competente, integrando este control en el procedimiento administrativo de puesta en funcionamiento.

Adaptación de los modelos oficiales y medios electrónicos

Uno de los aspectos más relevantes de la resolución es la obligatoriedad de utilizar los nuevos modelos oficiales de los anexos 11, 18 y 34 a partir del día siguiente a su publicación, exclusivamente por medios electrónicos. Esta exigencia impulsa la digitalización de los procedimientos administrativos, mejora la interoperabilidad documental y reduce los plazos de tramitación.

La administración autonómica consolida así un sistema homogéneo de gestión documental, alineado con la normativa de administración electrónica y con los principios de eficiencia, transparencia y seguridad jurídica. Para los operadores industriales, esta adaptación implica una revisión exhaustiva de sus procedimientos internos, asegurando la correcta cumplimentación y presentación de la documentación exigida.

Impacto en técnicos, empresas y titulares de instalaciones

El nuevo marco documental afecta directamente a los técnicos competentes, que asumen una mayor responsabilidad en la certificación de la conformidad normativa, así como a las empresas instaladoras habilitadas, que deben ajustar sus protocolos de trabajo a los nuevos modelos oficiales. Los titulares de los establecimientos industriales, por su parte, deben garantizar que todas las actuaciones en materia de seguridad contra incendios se documenten conforme a los requisitos actualizados.

Este enfoque integral refuerza la cultura de la prevención, reduce el riesgo de incumplimientos y proporciona un marco claro para la inspección, revisión y mantenimiento de las instalaciones. La resolución no solo actualiza formularios, sino que redefine el estándar de calidad exigible en materia de seguridad industrial.

Coherencia normativa y seguridad jurídica

La modificación de la Resolución de 31 de octubre de 2017 responde a una necesidad objetiva de coherencia normativa tras la aprobación del Real Decreto 164/2025. La adaptación de los modelos oficiales evita vacíos legales, interpreta de forma uniforme las nuevas exigencias reglamentarias y proporciona seguridad jurídica a todos los agentes implicados.

Desde una perspectiva sistemática, la resolución consolida un marco documental actualizado, alineado con la legislación estatal y autonómica, que facilita el cumplimiento normativo y refuerza la protección de personas, bienes e instalaciones industriales.

Actualización estratégica del sistema de seguridad contra incendios en establecimientos industriales

La Resolución de 13 de enero de 2026 representa una actualización estratégica del sistema de seguridad contra incendios en establecimientos industriales, reforzando la exigencia técnica, la responsabilidad profesional y el control administrativo. La adaptación de los modelos oficiales, la incorporación de nuevos certificados y la obligatoriedad de la tramitación electrónica configuran un entorno normativo más exigente, coherente y seguro.

Este nuevo escenario obliga a una planificación rigurosa, a una ejecución técnica impecable y a una documentación exhaustiva, consolidando un estándar avanzado de seguridad industrial alineado con las mejores prácticas normativas.