¿Es obligatorio el extintor 89B en locales comerciales? Marco normativo vigente en España sobre extintores en locales comerciales.
En España, la normativa de protección contra incendios en locales comerciales está claramente definida, aunque a menudo se interpreta de forma incorrecta. El Reglamento de Instalaciones de Protección Contra Incendios (RIPCI), aprobado por el Real Decreto 513/2017, establece las condiciones mínimas que deben cumplir los equipos de protección activa. Además, el Código Técnico de la Edificación (CTE), en su Documento Básico SI – Seguridad en caso de incendio, complementa estas exigencias, indicando que los extintores deben ser adecuados al tipo de riesgo presente en cada establecimiento.
Qué significa exactamente la clasificación 89B en un extintor
La clasificación 89B no es un número comercial, sino una medida de eficacia extintora. La letra B indica que el extintor es apto para fuegos de líquidos inflamables, como aceites, alcoholes, disolventes y pinturas, mientras que el número 89 refleja el nivel de eficacia del equipo, es decir, la capacidad para apagar un fuego de tipo B en condiciones de ensayo normalizadas. En términos prácticos, un extintor con esta clasificación suele ser un extintor de polvo ABC de 6 kg, ampliamente utilizado en bares, tiendas, academias y pequeños comercios.
Tipos de extintores recomendados
Para cumplir con los requisitos de eficacia y seguridad, muchos establecimientos optan por extintor 89b o su variante extintor anhidrido carbonico. Estos equipos permiten abordar eficazmente fuegos eléctricos y de líquidos inflamables, cubriendo la mayoría de riesgos presentes en locales comerciales. La elección de un extintor homologado no solo es recomendable, sino que, según la interpretación técnica del RIPCI, se convierte en el estándar de facto para garantizar la seguridad y la aceptación por parte de inspecciones y aseguradoras.
Extintor de anhídrido carbónico
El extintor anhidrido carbonico es especialmente eficaz para fuegos eléctricos y líquidos inflamables, ya que no deja residuos y no daña equipos electrónicos, lo que lo hace ideal para locales comerciales con cuadros eléctricos, ordenadores o maquinaria sensible. Funciona expulsando CO2 a alta presión, desplazando el oxígeno alrededor del fuego y reduciendo rápidamente la temperatura de las llamas. Además, su uso es seguro en espacios cerrados si se respeta la distancia mínima de aplicación y las instrucciones del fabricante.
Es obligatorio el extintor 89B en locales comerciales
Si bien la normativa no dice literalmente es obligatorio el extintor 89B en locales comerciales, sí exige que el extintor tenga eficacia suficiente según el riesgo y la superficie del local. Los técnicos de inspección, los redactores de proyectos y las aseguradoras consideran que un equipo de menor eficacia no es adecuado, por lo que el extintor 89B se convierte en el mínimo recomendado para cumplir con la ley y proteger tanto a clientes como a empleados. Su instalación es habitual en locales con aparatos electrónicos, instalaciones eléctricas, productos combustibles y pequeñas cantidades de líquidos inflamables.
Superficie del local y número de extintores
Otro factor determinante es la superficie del establecimiento. La normativa indica que debe existir al menos un extintor portátil por cada 15 metros de recorrido, siempre visible, señalizado y accesible. En locales de hasta 100 m², el extintor de polvo ABC de 6 kg con eficacia 34A – 144B – C suele ser el estándar recomendado, asegurando que la protección supera ampliamente el mínimo 89B. Instalar un equipo de menor eficacia puede ocasionar objeciones durante la inspección, retrasos en la licencia de apertura y problemas con el seguro.
Relación con la licencia de apertura
Durante la tramitación de la licencia de apertura, el técnico responsable debe justificar que las medidas de protección son adecuadas. Aquí, el extintor pasa de ser un accesorio a un elemento técnico fundamental. Declaraciones responsables, memorias técnicas y proyectos de actividad suelen prescribir un extintor con eficacia superior a 89B como medida por defecto. No instalar un equipo equivalente puede considerarse un error técnico que compromete la obtención de permisos y la cobertura de seguros.
Inspecciones, seguros y responsabilidad legal
Las aseguradoras revisan la correcta instalación y mantenimiento de los extintores ante cualquier siniestro. Un equipo insuficiente o de eficacia inferior a la requerida puede derivar en reducción de indemnizaciones, exclusión de cobertura o responsabilidad civil del titular del negocio. Contar con un extintor 89B o superior no es un lujo, sino un requisito prudente y profesional que protege vidas, bienes y la continuidad del comercio.
Errores frecuentes al elegir el extintor
Entre los errores más comunes al seleccionar un extintor en locales comerciales destacan: elegir equipos pequeños de tipo doméstico, no verificar homologación CE, priorizar el precio sobre la eficacia, y no mantener el extintor conforme al RIPCI. Todos estos fallos pueden evitarse asegurándose de que el extintor elegido cumple con los estándares de eficacia mínima 89B y está certificado para uso profesional.
En locales comerciales el extintor 89B no es un capricho
Aunque la normativa no imponga literalmente un extintor 89B, la práctica profesional y la interpretación técnica lo consideran obligatorio. La elección de un equipo homologado, como un extintor de polvo ABC de 6 kg o un extintor de anhidrido carbónico, garantiza seguridad, facilita inspecciones y licencias, y asegura la cobertura de seguros. En locales comerciales, el extintor 89B no es un capricho, sino la medida mínima sensata para proteger personas y bienes.